Programa

Estatutos del Programa Delfín
De su Naturaleza y sus Fines

El Programa Interinstitucional para el Fortalecimiento de la Investigación y el Posgrado del Pacífico, se fundamente en la necesidad de hacer uso óptimo de los recursos humanos y materiales con que cuentan las Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación participantes, con la finalidad de generar y promover un programa que fortalezca la investigación y el posgrado regional.

El objetivo del programa consiste en estimular una cultura interinstitucional de comunicación y colaboración entre las Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación, mediante una estructura que permita generar vínculos para el fortalecimiento de la investigación, el desarrollo de los posgrados y el intercambio de producción científico y tecnológico.

El programa se integra por tres subprogramas:

  • Divulgación Científico – Tecnológica

  • Movilidad Estudiantil

  • Movilidad de Profesores e Investigadores


De la Organización

El Programa Interinstitucional para el Fortalecimiento de la Investigación y el Posgrado del Pacífico; para la planeación, dirección y evaluación de actividades, cuenta con una organización integrada por las siguientes instancias:

  • Consejo General

  • Consejo Técnico

  • Coordinación General del Programa


 
Programa Delfín

Consejo General

El Consejo General está integrado por rectores y directores de las Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación participantes.

Las funciones del Consejo General son:

  • Avalar la designación del Consejo Técnico sobre la Institución sede de la Coordinación General del Programa, que se efectúa cada tres (3) años.

  • Revisar y corregir el programa anual de actividades.

  • Asignar los recursos necesarios para el funcionamiento del Programa y vigilar su aplicación.

  • Propiciar las condiciones necesarias para la operación del Programa.

  • Revisar y aprobar en su caso, los resultados de las evaluaciones y el informe anual de actividades.

  • Promover criterios generales de planeación y operación del Programa.

Consejo Técnico

El Consejo Técnico es el organismo responsable de definir los programas y estrategias de trabajo, así como el sistema de evaluación de resultados.

El Consejo Técnico está integrado por un representante de cada Institución participante y será presidido por la Coordinación General.

Las funciones del Consejo Técnico, son:

  • Elaborar el programa de actividades.

  • Fijar criterios para la aplicación de los recursos y la operatividad del programa.

  • Establecer y aplicar el sistema de evaluación.

Coordinación General

La Coordinación General del Programa es el órgano responsable de la realización de las actividades del mismo.

La Coordinación General del Programa reside en la Institución designada por el Consejo Técnico, por un periodo de tres años, avalado por el Consejo General.

La Institución sede de la Coordinación General del Programa, designará un responsable y le proveerá de los apoyos que requiera para desarrollar sus actividades.

Son funciones de la Coordinación General:

  • Coordinar las actividades de planeación, desarrollo y evaluación de los proyectos del Programa.

  • Hacer las gestiones necesarias para el desarrollo del programa.

  • Administrar los recursos financieros del Programa.

  • Convocar y presidir las reuniones de trabajo que sean necesarias.

  • Elaborar apoyados por el Consejo Técnico, el programa anual de actividades y los criterios de evaluación del mismo.

  • Presentar el programa anual de actividades y los resultados de la evaluación al Consejo General.

  • Elaborar el informe anual de actividades.

  • Operar el sistema de información y comunicación entre las IES participantes.

  • Representar legalmente al Programa

De los Derechos y Obligaciones de los Integrantes

Las Instituciones participantes en el Programa Delfín, cuentan con los siguientes derechos:

  1. Ser beneficiario del Programa.
  2. Participar en la planeación, dirección y evaluación de las actividades del Programa.
  3. Tener voz y voto en la toma de decisiones dentro de la organización.
  4. Ser sede de:
    • La Coordinación General.
    • Reuniones del Programa.
    • Otras actividades.
  5. Proponer:
    • Nuevos proyectos.

    • Modificaciones al Programa.

Las Instituciones participantes en el Programa Delfín, cuentan con las siguientes obligaciones:

  1. Asistir a las reuniones del Consejo general las cuales se realizarán anualmente.
  2. Asistir a las reuniones de Consejo Técnico las cuales se realizarán:
    • De carácter ordinario, tres veces por año.
    • De carácter extraordinario, cada vez que se considere necesario.
  3. Los gastos para la asistencia a las reuniones serán cubiertos por cada una de las Instituciones participantes.
  4. Apoyar los acuerdos y las acciones que se tomen con relación al programa.
  5. Cumplir con los compromisos que se deriven de los acuerdos tomados con relación al programa.

De la Evaluación y Seguimiento

La evaluación y seguimiento del Programa se hará con base, en:

  • Los objetivos

  • Los tiempos y fases

  • Los resultados

Los parámetros de evaluación serán definidos por el Consejo Técnico tomando en cuenta como referencia, los objetivos de cada subprograma.


Del Patrimonio

El patrimonio está integrado por:

  • Aportaciones de diversas instituciones.

  • Recursos obtenidos por los diversos fondos públicos y privados.

  • Donaciones de Instituciones particulares.

  • Todos los bienes que se adquieran con los recursos del Programa.

La custodia del patrimonio será responsabilidad de la Coordinación General del Programa, mediante la modalidad que establezca el Consejo General. El patrimonio será aplicado única y exclusivamente en la operación y objetivos del programa.


Declaración Conjunta

  • Que existe intereses y objetivos comunes en el campo del fortalecimiento a la investigación y el Posgrado.

  • Que cada institución requiere apoyar e incrementar su propio desarrollo a fin de responder a los requerimientos de su entorno social.

  • Que es deseable establecer un mecanismo de coordinación y colaboración, estableciendo prioridades y objetivos comunes.

  • Que por lo antes expuesto, acuerda suscribir el presente convenio, en base a las siguientes:


Cláusulas

PRIMERA: El objetivo del presente convenio es otorgar recíprocamente asesoría y apoyo al fortalecimiento de la Investigación y el Posgrado.

SEGUNDA: Apoyar el programa denominado DELFIN, objetivo de este convenio, a fin de estimular una cultura interinstitucional.

TERCERA: El programa DELFÍN se integra por tres subprogramas.

  1. Divulgación científica-tecnológica; cuyo objetivo es contribuir a la creación de una cultura científica-tecnológica por medio de actividades de divulgación para el conocimiento, aprovechamiento y valoración de las tareas de Investigación y Posgrado que realizan los Instituciones.
  2. Movilidad estudiantil; cuyo objetivo es contribuir a la formación de cuadros académicos de alto nivel y con ello consolidar la investigación y fortalecer los programas de posgrado de las Instituciones de Educación Superior mediante la vinculación de estudiantes destacados con investigadores de los posgrados y centros de investigación de las instituciones participantes.
  3. Movilidad de profesores e investigadores; cuyo objetivo es fortalecer a través de la divulgación y mediante estancias cortas para cursos, talleres, conferencias y otras actividades, los programas de investigación y posgrados de las Instituciones de Educación Superior.

CUARTA: Para el cumplimiento de este programa las Instituciones de Educación Superior y los Centros de Investigación, se regirán por los estatutos planteados para el fin por el Consejo Técnico del programa, avalado por el Consejo General.

QUINTA: El Programa DELFÍN cuenta con una organización para las funciones de planeación, dirección y evaluación, integrada por las siguientes instancias.

  1. Consejo General, integrado por Rectores y Directores de las Instituciones participantes.
  2. Consejo Técnico, integrado por un representante de cada Institución participante presidido por la Coordinación General.
  3. Coordinación General, reside en la Institución designada por el Consejo Técnico y avalada por el Consejo General, cuyas obligaciones y derechos están tipificados en los respectivos Estatutos.

SEXTA: Este convenio tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de su firma. Al cumplimiento de este periodo se someterá a revisión por las instancias correspondientes, para su anulación, modificación y/o continuidad.

SÉPTIMA: Las Instituciones convienen en que los asuntos no previstos en este convenio ni en los estatutos del programa, serán resueltos mediante acuerdos o convenios específicos.